Educación y desigualdad social en España: unos apuntes

“La relación entre la universalización de la enseñanza y la necesidad de mano de obra más cualificada y con un grado mayor de disciplinación en sus habilidades parece bastante clara.”


Doscientos años de activismo reformista en la educación, al igual que la cárcel, nos la muestran como una institución en continua reforma.

“…, resulta que el conocimiento es el primer factor de producción, y la inversión de rentabilidad más alta” (A. Touraine

Los gráficos de proporción entre clases sociales y número de estudiantes en las distintas fases del sistema educativo resultan reveladores de su utilidad y modo de funcionar.

Mediante la escuela se trata de rastrillar a los alumnos y sacar a los talentos procedentes de las clases populares, privándolas así a sus líderes potenciales, creando y justificando, de un solo golpe, el “triunfo individual”.

Lo dicho en el siglo XIX por Bravo Murillo ministro de Isabel II: “¿Ustedes desean que yo autorice una escuela a la cual asistan 600 trabajadores? No, en mis días. Aquí no necesitamos hombres que piensen, sino bueyes que trabajen.” Es una expresión castiza de las necesidades y objetivos de la sociedad durante el Antiguo Régimen, una época que no tenía ninguna necesidad de masas de trabajadores con formación.

Lo que sigue está escrito en 1902 todavía en la pugna en España entre el Antiguo Régimen y los liberales:

“La razón natural dicta que la instrucción es un bien de libre adquisición y que nadie tiene la obligación de alcanzarla (…) ¿Sabéis para que sirven nociones? (las de la enseñanza primaria [ ¿obligatoria?] ) Para engendrar ambición en el pecho del pobre, y tras la ambición, el hastío de su oficio, y tras el hastío, la pereza y el crimen.” J.M. Aicardo, en Razón y Fe.

La relación entre la universalización de la enseñanza y la necesidad de mano de obra más cualificada y con un grado mayor de disciplinación en sus habilidades parece bastante clara. Así aunque llevar la enseñanza a todos los niños era un proyecto ideológico y legislativo a mediados del siglo XIX no es hasta 1950 cuando la escuela pública, gratuita y universalista comienza su auténtica andadura en España. ¿Sólo por falta de medios económicos? la fecha coincide demasiado con el auge de la industria española, es decir, con el declive del trabajo rural, para cuya mano de obra el Antiguo Régimen nunca consideró necesaria instrucción alguna. De ese modo, se retrasó hasta esa década del siglo XX la implantación de la escuela, proyecto que los liberales habrían deseado realizar con anterioridad.  Solo cuando se hicieron necesarias nuevas habilidades, conocimientos y disciplinas en los trabajadores se dedicó inversión en la institución de la enseñanza básica.

Con las reformas de los años 70 del siglo XX se modificó la enseñanza básica, de los 10 años se pasó a los 14, método semejante al de la más reciente LOGSE (1990), con la cual se modificó hasta los 16 años la escolarización obligatoria. Parece que la gran criba social que se realiza con la educación básica, sobre todo con los que no la superan o no van más allá, ha necesitado aumentar su duración, para mejor enmascararse, debía parecer demasiado obvio que quienes no seguían estudiando a partir de los 10 años no era por “su falta de capacidades”, sino porque no podían. Paralelamente también es importante mantener a la población de entre 14 a 16 años de las clases populares sometidas a un control administrativo hasta que cumplen la edad mínima para trabajar.

¿Cuándo se impuso la edad de trabajo mínima a los 16?

La Organización Internacional del Trabajo OIT, establece en su convenio 138 de 1973 sobre edad mínima de admisión al empleo, que: cada país puede determinar la edad mínima de admisión en el empleo siempre y cuando ésta no sea inferior a 15 años ni a la edad de conclusión de la escolaridad obligatoria; así como tampoco puede ser inferior a 13 años para los trabajos “ligeros”, de 18 años para el trabajo peligroso y de 16 para éste bajo determinadas condiciones estrictas.

Ratificado en España: Instrumento de ratificación de 13 de abril de 1977 («BOE» núm. 109, de 8 de mayo, de 1978)

¿Qué consecuencias tenía ese “dis-control” anterior a la LOGSE de los chicos/as de 14 a 16 años?

En la Ley 8/1980, de 10 de marzo, del Estatuto de los Trabajadores. Ya está configurada la prohibición de contratar a menores de 16 años.

Sin embargo parece que la educación obligatoria sólo cubría hasta los 14 años. Durante diez años duró este desfase. ¿Se permitía contratar a menores de 16? ¿Eran los “yonkis” de mi infancia? En cualquier caso no habría contratación legal para menores de 16 años pero lo que si había era heroína ¿Método de contención social?

“La clase dirigente bajo el capitalismo ha logrado inculcar en las mentes de los gobernados, la creencia en que la riqueza y los privilegios de una minoría se basan en una superioridad natural, congénita. Esta creencia necesita ser cuidadosamente alimentada y apoyada. La tarea ha sido puesta por así decir, en manos del sistema escolar público que la ha aceptado alegremente y la ha llevado a cabo eficientemente.” (…) “Y para este fin ningún arma se ha utilizado tan amplia y eficazmente como la llamada prueba del coeficiente de inteligencia.”   P.A Barun, y P.M. Sweezy, El capital monopolista, Siglo XXI, México, 1968. págs. 250-251

 

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